Artículo 2.- La Entrada Folklórica Isequista tiene el objeto fundamental de rescatar, valorizar y difundir la variedad de danzas folklóricas que como expresión de las diversas nacionalidades del país, representa la riqueza cultural intangible regional y de Bolivia. Asimismo, la Entrada Folklórica Isequista, se constituye en un acontecimiento que permite fortalecer la identidad nacional entre los miembros del Instituto superior de Educación Comercial La Paz.
CAPITULO II. DE LA REALIZACION Y COMISIÓN ORGANIZADORA
Artículo 3.- Se fija como fecha de realización de la Entrada Folklórica Isequista el último día sábado del mes de marzo, en conmemoración del aniversario del Instituto.
Artículo 4.- Cada año, el Consejo Institucional, mediante Resolución expresa y con 45 días de anticipación a la fecha fijada, nominará a los miembros titulares de la Comité Organizador de la Entrada Folklórica Isequista, debiendo estar conformada de la siguiente manera:
El Jefe de Carrera y sus Docentes de la Carrera Comisionada, quien ejercerá la Presidencia
Centro de Estudiantes y Representantes Estudiantiles de la Comisión de Cultura
Un representante de la Célula Sindical
Un representante de los Administrativos
Asimismo, podrán participar de las reuniones de organización de la Entrada Isequista en calidad de adscritos solo con derecho a voz:
Un representante por conjunto folklórico participante
La representación oficial del Instituto Superior de Educación Comercial La Paz ante cualquier otra entidad esta dada por el Señor Presidente de la Comisión u otro miembro titular expresamente Delegado.
CAPITULO III DE LA CONVOCATORIA
Artículo 5.- A fines del mes de febrero de cada año, la Comisión Organizadora publicará la Convocatoria por los medios pertinentes locales, ajustándose estrictamente a las normas establecidas en el presente Reglamento.
Artículo 6.- La Comisión Organizadora definirá la denominación propia que adoptará cada Entrada Folklórica Isequista a objeto de permitir la identificación con los valores, culturales y nacionales.
Artículo 7.- La convocatoria Pública fijará la fecha de realización, las categorías de danza, los requisitos que deben cumplir los grupos participantes para inscribirse, la relación de premios por categorías y el recorrido.
Artículo 8.- Asimismo, con el mismo plazo, la Comisión Organizadora emitirá las respectivas convocatorias para elegir:
a) El afiche conmemorativo
b) La Ñusta Isequista
En todo caso, sólo podrán concursar miembros de la comunidad Isequista.
Estas convocatorias fijaran las condiciones, lugar y plazos de inscripción, lugar, fecha y responsables de la selección así como los correspondientes premios que se otorgan.
CAPITULO IV. DE L A INSCRIPCION
Artículo 9.- Para la inscripción, cada grupo folklórico presentará en un fólder la siguiente información ordenada:
a) Nombre de la danza que se pretende demostrar.
b) Carrera a la que representa
c) Resolución del Consejo de Carrera que avale su participación en la Entrada Isequista.
d) Monografía completa, explicita del tipo de danza que representa
e) Lista completa de sus componentes, incluyendo el número de matrícula y código en el caso de los estudiantes y el número de ítem en el caso de los docentes y trabajadores administrativos
f) Acreditación de delegados, dos por cada conjunto: un titular y un suplente. Indicando sus números telefónicos.
La presentación completa de los documentos se efectuará a la Secretaría General del ISEC LA PAZ, hasta la fecha establecida en la convocatoria.
Artículo 10.- Se establece el Kárdex Folklórico del ISEC LA PAZ para el registro y archivo de información de las Entradas Folklóricas Isequistas y antecedentes de los grupos folklóricos participantes.
Artículo 11.- Los organizadores de los distintos grupos, deberán presentar sus informes económicos de gestión a la Comisión organizadora, en un plazo máximo de los 15 días posteriores a la realización de cada Entrada Folklórica.
CAPITULO V. DE LA PARTICIPACION
Artículo 12.- En la Entrada Folklórica Isequista sólo podrán participar, docentes, estudiantes y trabajadores administrativos del Instituto superior de Educación Comercial La Paz, qu1enes organizados en grupos folklóricos deberán necesariamente, representar a una Carrera. En caso que los interesados, pretendan la fusión de grupos de diferentes cursos o Carreras, deberán contar con autorización expresa del Consejo de Carrera que corresponda
Artículo 13.- Los Conjuntos Folklóricos participantes deberán representar bailes que preserven los contenidos esenciales de las danzas nacionales ya sean autóctonas o criollo-mestizas.
Artículo 14.- En cada Entrada Folklórica, podrán participar como máximo, DOS grupos que representen una misma danza.
Las categorías a las que se enmarcarán todos los conjuntos serán las siguientes:
CATEGORIA A. - Danzas tradicionales o criollas mestizas que han tenido origen en la ciudad y se las interpreta con bandas que tienen instrumentos de metal.
CATEGORIA B.- Danzas autóctonas de origen rural que en la actualidad se bailan con el acompañamiento de bandas que tienen instrumentos de metal.
CATEGORIA C.- Danzas autóctonas de origen rural, que se interpretan con instrumentos nativos.
Artículo 15.- En cada grupo folklórico podrán participar hasta 100 danzantes y hasta tres bandas de músicos.
Artículo 16.- En la fecha establecida para la realización de la Entrada Isequista, todo participante debe vestir correctamente el traje de su danza y mantener estricta disciplina. No será permitido el consumo de bebidas alcohólicas durante el recorrido de la entrada, tampoco lo serán, las expresiones agresivas para con el público o para con los miembros del jurado.
El conjunto o grupo que incurra en esas faltas, será sancionado de acuerdo a los términos del Capítulo XII del presente reglamento.
Artículo 17.- Cada conjunto participante además de estar debidamente identificado, deberá portar obligatoriamente el número que le fuera asignado al momento de definirse el orden de ingreso.
Artículo 18.- Los conjuntos que encubran o permitan la participación de otros grupos ajenos al ISEC La Paz serán considerados con sanción grave y su consiguiente suspensión.
Artículo 19.- Los grupos participantes que realicen actividades proselitistas en beneficio de frentes o partidos políticos durante la Entrada Folklórica, serán sancionados de acuerdo al Capítulo XII.
CAPITULO VI. DEL INGRESO
Artículo 20.- La Entrada Folklórica Isequista se dará inicio a horas catorce del día y fecha señalada, estará encabezada por las autoridades Isequistas e invitados especiales. Enseguida ingresarán los conjuntos participantes en el orden establecido.
Artículo 21.- La Comisión Organizadora definirá el orden de ingreso de los distintos grupos, en una sesión de Reunión Ampliada a la que concurrirá un delegado por grupo. Para ese efecto serán considerados los siguientes aspectos.
a) Se conforman seis bloques de grupos participantes. En cada bloque no podrán participara dos grupos con la misma danza.
b) En el primer bloque, participarán los grupos nuevos o aquellos que hayan obtenido, en forma ascendente, los más bajos promedios, tomando como base de cálculo la calificación de sus tres últimas presentaciones.
c) En el segundo, tercer y cuarto bloques, participarán los grupos folklóricos que hayan obtenido los TRES primeros lugares en cada una de las categorías (criollo - mestizo con instrumentos de bronce, criollo - mestizo con instrumentos nativos y danzas autóctonas) en la entrada folklórica inmediata anterior. De entre ellos, los grupos se ubicarán en orden ascendente de su última calificación.
d) Todos los demás grupos participantes se ubicarán desde el primer bloque, en orden descendente del promedio obtenido en sus tres últimas participaciones.
e) Para efectos de cálculo de promedio, sólo se considera los puntajes obtenidos en las tres últimas participaciones del grupo.
f) En caso que existan dos grupos que practiquen danzas similares y representen a una misma facultad o carrera, será considerado como representante oficial, el grupo que tenga mayor antigüedad de participación en la Entrada Folklórica Isequista.
g) El grupo registrado en el Kárdex Folklórico que en forma voluntaria determina no participar de la Entrada Folklórica, debe comunicara por escrito esta determinación a la Comisión Organizadora solicitando licencia temporal. Caso contrario, se asumirá la disolución del grupo folklórico.
CAPITULO VII. DEL RECORRIDO
Artículo 22.- Se establece en una hora el tiempo máximo para que cada conjunto efectúe su recorrido, que se iniciará en la Avenida Armentia (salida a la Terminal de Buses) y concluirá en la Calle Sucre esquina Yanacocha.
Artículo 23.- Cada grupo podrá contar con un Equipo de Apoyo de hasta diez personas por lo que los representantes solicitarán a la Comisión Organizadora, la respectiva credencial. La función del equipo de apoyo será esencialmente de prestar asistencia y colaboración a los danzantes durante la demostración.
Artículo 24.- A objeto de precautelar disciplina y resguardo a los danzantes, el Centro de Estudiantes del Isec La Paz, convocará a estudiantes de todas las facultades para conformar la Guardia Isequista, cuyos miembros serán acreditados por la Comisión Organizadora.
CAPITULO VIII. DE LOS CONTROLES
Artículo 25.- La Comisión organizadora nominará al personal de control, que desde inicio hasta el final de la entrada, trabajará en puestos de control, con el propósito de organizar y, supervisar que el paso de los distintos grupos, se cumpla en el tiempo establecido en el Art. 21 del presente reglamento.
Articulo 26.- Para efectos de llamada de atención, el Personal de Control utilizará banderolas de los siguientes colores:
ROJO. Ante retrasos superiores a los 15 minutos entre grupos o bloques de danzantes o excesiva indisciplina. Por cada banderola roja se disminuirá un punto de la calificación final.
AMARILLO. Ante retrasos de hasta 15 minutos. Por cada tres banderas amarillas se disminuirá un punto de la calificación final.
Artículo 27.- Los puestos de Control estarán ubicados en los siguientes lugares, donde se registrarán la hora de llegada con respecto a la hora programada para su paso:
a) en el punto de salida
b) Plaza Riosinho
CAPITULO IX. DEL JURADO
Artículo 28.- Se establece dos tipos de jurados:
- Jurado calificador de la Monografía y su defensa.
- Jurado calificador para la demostración en la Entrada Folklórica Isequista.
Cada jurado estará conformado por personas ligadas al quehacer cultural del país y será designado por la Comisión Organizadora.
Artículo 29.- El fallo de cada jurado será definitivo e inapelable.
Artículo 30.- El jurado conformado para la calificación de las Monografías, en coordinación con la Comisión Organizadora, programará la presentación y defensa de las monografías en acto público. El promedio de las calificaciones otorgadas por cada miembro del jurado será el resultado semi final, que lo presentará al Presidente de la Comisión Organizadora en sobre cerrado, para su apertura cuando se disponga de los resultados del otro jurado.
Artículo 31.- El jurado conformado para la calificación de la demostración, trabajará en el palco oficial durante toda la jornada, hasta evaluar el último de los grupos participantes. El promedio de las calificaciones otorgadas por cada miembro del jurado será el resultado semi final y lo presentará al Presidente de la Comisión en sobre cerrado inmediatamente de concluida la Entrada Isequista.
CAPITULO X. DE LA CALIFICACION
Artículo 32.- La calificación y evaluación de cada conjunto folklórico se efectuará sobre un puntaje de 100% en los que se considerará los siguientes aspectos:
a) Monografía e investigación 20 puntos
Presentación del trabajo de investigación
Exposición oral
b) Disciplina 20 puntos
c) Presentación 60 puntos
Coreografía
Vestimenta
Música
TOTAL 100 PUNTOS
El jurado calificador de la demostración también evaluará la participación de las bandas ejecutantes de música que acompaña a los grupos participantes, considerando los siguientes criterios:
Disciplina 20 puntos
Uniforme 30 puntos
Calidad de ejecución 50 puntos
En cuanto a la calificación de la Monografía, se considerarán los siguientes parámetros:
Contenido 5 puntos
Fuentes de información 5 puntos
Defensa d e la investigación Exposición 5 puntos
Descripción de la danza 5 puntos
Artículo 33.- -En un plazo de 48 horas de concluida la Entrada Folklórica Isequista, la Comisión Organizadora se reunirá para proceder con la apertura de los sobres cerrados entregados por los jurados y establece la calificación definitiva que corresponde a cada grupo participante.
Artículo 34.- El Presidente de la Comisión Organizadora, presentará a consideración de Rectorado el Informe Final acerca del desarrollo y evaluación de la Entrada Folklórica Isequista, en la sesión inmediata a la reunión de calificación final, proclamando los ganadores en cada categoría y proponiendo la organización del Acto de Premiación.
CAPITULO XI. DE LOS PREMIOS
Artículo 35.- Para cada Entrada Folklórica Isequista se establecen las siguientes distinciones:
De entre todos los conjuntos participantes:
Un trofeo rotativo provisto por el Rectorado del Instituto Superior de Educación Comercial La Paz
Un Diploma rubricado por las autoridades Isequistas.
En cada categoría de danzas
Tres trofeos en propiedad a los tres grupos que hayan obtenido las más altas calificaciones y
Diplomas de distinción rubricado por la Comisión Organizadora
Artículo 36.- La Comisión Organizadora tiene la atribución de acudir a empresas extraIsequistas para solicitar la donación de otros premios, en caso de que ésta así lo considere.
Artículo 37.- De existir invitaciones a festivales nacionales e internacionales, el o los conjuntos ganadores, asistirán por sus propios medios en representación del Instituto Superior de Educación Comercial La Paz, previa evaluación de las características del evento y a través de acreditación otorgada por la Comisión Organizadora.
CAPITULO XII. DE LAS SANCIONES
Artículo 38.- La vulneración de las reglas y normas establecidas para el desarrollo del evento, será sancionada de acuerdo a la gravedad de la falta con las siguientes penas:
Disminución del puntaje
Llamada de atención
Suspensión por un año
Suspensión definitiva
Asimismo, los representantes o danzantes que incurran en faltas graves contra la institución o la Comisión Organizadora, serán pasibles a sanciones correspondientes establecidas en el Reglamento de procesos Universitarios.
Artículo 39.- La Comisión Organizadora estará encargada de establecer las sanciones, previo análisis de las denuncias, antecedentes y opinión del jurado. Su determinación será homologada mediante resolución rectoral.
CAPITULO XII. DE LAS DISPOSICIONES ESPECIALES
Artículo 40.- Cuando exista la solicitud de participación de más de 2 grupos para presentar una misma danza, se realizará una evaluación sobre la participación de cada uno de ellos en la última versión de la entrada, de manera que en la siguiente versión, el lugar de el o los grupos a ser eliminados pueda ser cubierto por otro u otros grupos.
Artículo 41.- La Comisión Organizadora en coordinación con los grupos participantes programarán la realización del Ensayo General, que se efectuará con suficiente anticipación de tiempo y en lugar adecuado de la ciudad.
Artículo 42.- La Comisión Organizadora tiene los derechos exclusivos de, explotación y reproducción del contenido de la Entrada Folklórica Isequista.
Artículo 43.- Con el propósito de garantizar la óptima realización de la Entrada Folklórica Isequista, se solicitará la colaboración de la Honorable Alcaldía Municipal, la Policía Nacional, Tránsito, la Cruz Roja y otras instituciones.
Artículo 44.- La Comisión organizadora se encargará de confeccionar y distribuir información pertinente explicando a la población Isequista y en general acerca de las características de la Entrada Folklórica Isequista.
Artículo 45.- La Comisión organizadora convocará públicamente a Empresas, instituciones que deseen auspiciar la Entrada Isequista, para tal efecto se elaborarán requerimientos mínimos para la calificación y otorgación del auspicio.
Artículo 46.- El presente Reglamento entra en vigencia a partir de la aprobación de Rectorado, Dirección Académica y Dirección Administrativa